Resumen: Procede la nulidad de la sentencia por incongruencia omisiva cuando, habiéndose planteado un motivo sobre el reintegro a los trabajadores las cantidades detraídas de sus retribuciones con anterioridad al acuerdo de modificación sustancial de condiciones de trabajo alcanzado con sus representantes legales, omite cualquier razonamiento o consideración sobre el mismo, lo que ocasiona indefensión a la parte que recurre por cuanto el motivo en cuestión versa, precisamente, sobre la única pretensión de los demandantes que fue acogida por la sentencia de instancia para solicitar su desestimación.